Vertimiento al Alcantarillado

Vertimiento al alcantarillado

Succion de grasas en bogota

Los componentes del sistema de alcantarillado están diseñados para que en su interior fluyan las aguas lluvias y residuales (Domestica o industrial). Estas aguas en ocasiones contienen elementos que se sedimentan o se compactan en la tubería lo que ocasiona obstrucciones y taponamientos lo que hace necesaria una limpieza periódica.
Sumado a lo anterior y debido a falta de cultura en el manejo de las redes de desagüe o por “accidentes” se hace vertimiento al alcantarillado de elementos como basuras o elementos sólidos como papel, palos y trapos entre otros

¿Porque contratar la limpieza de tubería?

  • Mitigar impacto sanitarios por rebose e inundación de aguas sanitarias.
  • Para prevenir recargos tarifarios o suspensión del servicio por incumplimiento al contrato de condiciones uniformes con la empresa de servicio de acueducto y alcantarillado que le presta el servicio
  • Sobrecostos por atención de emergencias y destaponamiento de tubería.
  • Para evitar incumplimientos en normas de vertimientos aplicables a los vertimientos de aguas residuales no domesticas (ARnD.) Ver decreto nacional 3930 de 2010 y Resolución 3957 de 2009 de la Secretaría Distrital de Ambiente de Bogotá

Numeral 6.4 Limitaciones de los vertimientos. (Empresa de Acueducto y alcantarillado de Bogotá). Vertimiento al alcantarillado

“Se prohíbe hacer descargas directa o indirectamente al sistema de alcantarillado de sustancias o materiales tales como los indicados en la lista siguiente, que afecten la infraestructura física de las obras y de los equipos constituyentes y/o de los sistemas de tratamiento de aguas residuales municipales y/o la salud de los operarios y/o de los cuerpos de agua receptores

  1. Basuras, escombros o cualesquiera otras sustancias que constituyan un riesgo de obstrucción para el sistema.
  2. Cualquier sustancia sólida, liquida o gaseosa combustible, inflamable, explosiva, corrosiva, tóxica o que puedan producir los efectos siguientes: deterioro en las tuberías, peligro de explosión o incendio, olores que ocasionen malestar público, creación de atmósferas molestas o peligrosas que impidan o dificulten los trabajos del personal encargado del funcionamiento de las instalaciones públicas de saneamiento o efectos inhibidores que puedan alterar los procesos biológicos del sistema de tratamiento establecido.
  3. Vertimientos líquidos que contengan partículas sólidas que no se dejen arrastrar libremente bajo las condiciones de flujo en el colector o que sean mayores de 5 mm en cualquiera de sus dimensiones;
  4. Vertimientos líquidos que contengan sustancias en cantidades que puedan provocar obstrucción del flujo en los colectores, o interferir con la operación normal de cualquier parte del sistema de alcantarillado, tales como: piedra pómez, cenizas, escoria, arena, huesos, lodo, paja, viruta, chatarra, vidrio, trapos, plumas, brea, plásticos, madera, carne, vísceras, sangre, cal, residuos químicos o de pintura, desecho de fábricas de conservas, papel o cartón y material extraído durante la limpieza y mantenimiento de instalaciones internas o redes de alcantarillado público o privado o plantas de tratamiento de aguas residuales domésticas o industriales
  5. Cualquier gas u otra sustancia que por sí misma o por interacción con otros desechos, impida un acceso seguro al alcantarillado, para efectos de inspección, mantenimiento, reparación o cualquier otra actividad necesaria
  6. Aceites y grasas flotantes
  7. Vertimientos líquidos que contengan sustancias que se solidifiquen o se tornen apreciablemente viscosas en su curso a través del alcantarillado
  8. Residuos industriales
  9. Desperdicios de obras y de construcciones, tales como Iodos de excavación (bentonita), cementos, agregados, arena, ladrillo, hierro y escombros
  10. Vertimiento de agua de enfriamiento
  11. Isotopos radiactivos
  12. Elementos o compuestos provenientes de carrotanques, carros de bombas de lavado, contenedores o cualquier otro tipo de recipiente
  13. Residuos que sean de peligro especial por sus características patógenas, como los provenientes de centros hospitalarios, laboratorios clínicos u otros
  14. Todo vertimiento de aceites usados, esto es, aceites industriales lubricantes con base mineral o sintética que se hayan vuelto inadecuados para el uso que se les hubiere asignado inicialmente. Se trata de aceites usados, tales como aceites minerales lubricantes o provenientes de motores de combustión, turbinas o sistemas hidráulicos
  15. Materias que tengan o adquieran propiedades corrosivas capaces de deteriorar los materiales del alcantarillado o perjudicar al personal encargado de las instalaciones públicas de saneamiento
  16. Queda prohibido el vertimiento a la red tanto por parte de las industrias farmacéuticas como de los centros sanitarios de los fármacos obsoletos o caducados;
  17. Suero lácteo, producido en industrias queseras o en industrias de productos derivados de la leche;
  18. Residuos de origen pecuario;
  19. Caudales pico que puedan colapsar el funcionamiento del alcantarillado.
  20. Sustancias y materiales tóxicos y peligrosos, tales como metales pesados. La lista aquí establecida a manera enunciativa será revisada y ampliada periódicamente por parte de la EMPRESA y no se considera taxativa.​

“Se prohíbe hacer descargas directa o indirectamente al sistema de alcantarillado de sustancias o materiales tales como los indicados en la lista siguiente, que afecten la infraestructura física de las obras y de los equipos constituyentes y/o de los sistemas de tratamiento de aguas residuales municipales y/o la salud de los operarios y/o de los cuerpos de agua receptores

Información obtenida de la reglamentación del acueducto de Bogotá, www.acueducto.com.co



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